Se hace lugar al reclamo en razón de que el cargo reclamado fue emitido y notificado fu…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2013
Resumen
Se hace lugar al reclamo en razón de que el cargo reclamado fue emitido y notificado fuera del plazo de 1 año, contado desde la fecha de legalización de la declaración de importación, que dispone aduanas para ejercer la acción fiscalizadora, de conformidad al inciso 3° del artículo 92 de la ordenanza de aduanas, correspondiendo dejarlo sin efecto. aduanas acusa su propia prescripción.
Normas citadas
Decreto ley N° 830
Código Tributario
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