Resumen del criterio jurisprudencial
Los cargos no se encuentran prescritos pues dicho plazo principia a correr desde la ¿constatación¿ de la ¿falta de mercancías¿ y no la mera destinación aduanera. se hace lugar en parte al reclamo por encontrarse ¿actualizado¿ en el svr uno de los ítems fundamento de uno de los cargos reclamados, confirmándose los demás por haberse verificado el faltante denunciado por aduana. sentencia no fue apelada.