Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre cómo deben los servicios de s…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre cómo deben los servicios de salud otorgar el beneficio de alimentación del artículo 36 de la ley N° 20.799. Determinó que los criterios para su entrega deben ser objetivos y no pueden implicar discriminaciones arbitrarias. Precisó que la prestación debe consistir en una ración alimenticia y no en una suma de dinero ni en un porcentaje de su valor, por lo que debe asegurarse al menos una ración por funcionario. Admitió la priorización de quienes cumplen jornadas más extensas y de quienes perciben menores remuneraciones, y consideró ajustado a la normativa el uso de vales por colación siempre que se canjeen por una ración y no por dinero. Respecto del Hospital Sótero del Río, estimó que su sistema de priorización no contraviene la normativa, pero le ordenó adoptar medidas para entregar raciones y no dinero, informando a la Unidad de Seguimiento dentro de 30 días hábiles. Además, indicó que el recinto puede extender el beneficio a todos los funcionarios que cumplan los requisitos legales cuando disponga de mayores recursos.

Normas citadas

  • ley 20799 art/36 inc/1
  • ley 20799 art/36 inc/2
  • ley 20799 art/36 inc/3
  • dto 58/2015 SALUD art/2 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Los servicios de salud pueden pagar el beneficio de alimentación de la ley 20.799 en dinero o con un porcentaje de su valor?

No. En este dictamen, la Contraloría precisó que la prestación debe consistir en una ración alimenticia y no en una suma de dinero ni en un porcentaje de su valor, debiendo asegurarse al menos una ración por funcionario.

¿Es válido que un servicio de salud priorice a ciertos funcionarios para entregar el beneficio de alimentación?

Sí, con límites. La Contraloría admitió la priorización de quienes cumplen jornadas más extensas y de quienes perciben menores remuneraciones, siempre que los criterios sean objetivos y no impliquen discriminaciones arbitrarias.

¿Se puede entregar el beneficio de alimentación mediante vales por colación?

Sí, según este dictamen, es ajustado a la normativa el uso de vales por colación siempre que se canjeen por una ración alimenticia y no por dinero.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2016 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.