Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato Mario Enrique Barrueto Gajardo reclamó contra la resolución del Servicio Electoral que aprobó su cuenta general de ingresos y gastos electorales sin pronunciarse sobre el reembolso de dos documentos tributarios pendientes de pago: una boleta de honorarios por $600.000 y una factura por $1.064.033. El reclamante alegó que la boleta de honorarios estaba pendiente de pago, aunque por error la registró como pagada, y acompañó una declaración simple del emisor. En cuanto a la factura, la registró correctamente como pendiente. El Tribunal consideró que la prueba de la boleta de honorarios no tenía valor probatorio suficiente para acreditar su estado pendiente, por lo que rechazó el reembolso de ese documento. Sin embargo, acogió la solicitud respecto de la factura, autorizando su reembolso. En consecuencia, acogió parcialmente la reclamación.