Resumen del criterio jurisprudencial
Mariela Solange Amaya Donoso, administradora electoral de su propia candidatura a Concejala por la comuna de Cabildo en las elecciones 2024, reclamó contra la Resolución N°G17201 del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales. La reclamante señaló que no se percató del oficio de observaciones y que solo tomó conocimiento al recibir la resolución impugnada. En su reclamación, respondió ambas observaciones, indicando que las diferencias serían cubiertas con su remuneración personal, y acompañó liquidaciones de remuneraciones de tres meses que acreditaban ingresos suficientes. El Tribunal Calificador de Elecciones constató que los antecedentes aportados justificaban suficientemente lo observado por el Servicio Electoral. En consecuencia, acogió la reclamación y tuvo por aprobada la cuenta sin observaciones. Sin embargo, rechazó la solicitud de reembolso por $719.950, por haber sido autorizado el máximo legal de $522.244 en la resolución impugnada.