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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra del Servicio de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra del Servicio de Impuestos Internos, que se había negado a entregar información relacionada con el bono de clase media otorgado a funcionarios públicos. Se ordenó la entrega de datos estadísticos sobre el número de funcionarios que solicitaron el beneficio, desagregados por región y domicilio tributario, así como de quienes lo devolvieron y de quienes no, junto con antecedentes de determinados oficios. El Consejo estimó que se trataba de información estadística que no permitía identificar a una persona en particular, y desestimó las causales de reserva alegadas, aplicando criterios de decisiones anteriores. Una consejera emitió voto concurrente advirtiendo que, al encontrarse en curso el procedimiento de verificación del beneficio, los fundamentos de su entrega podrían alterarse. La resolución admite reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 21.552
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 21.252
  • Código Procesal Penal
  • Artículo 182 del Código Procesal Penal
  • Ley N° 19.880
  • Circular N° 51
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Debe el SII entregar datos estadísticos sobre funcionarios públicos que solicitaron el bono de clase media, desagregados por región?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar datos estadísticos sobre el número de funcionarios que solicitaron el beneficio, desagregados por región y domicilio tributario, al estimar que no permitían identificar a una persona en particular.

¿Pueden invocarse causales de reserva para negar información estadística sobre beneficios tributarios a funcionarios públicos?

En este caso, el Consejo desestimó las causales de reserva alegadas por el Servicio de Impuestos Internos, aplicando criterios de decisiones anteriores, por lo que ordenó la entrega de la información solicitada.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

Según esta resolución, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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