Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Hacienda, referido a la entrega de información relacionada con evaluaciones nacionales de riesgo, conforme los parámetros que indica. Lo anterior, por cuanto, la derivación de la solitud de acceso se ajusta a lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, por estimarse que la Unidad de Análisis Financiero (UAF), atendida sus facultades legales sobre la materia consultada, es competente y se encontraba en una mejor posición jurídica de pronunciarse sobre el requerimiento de información de la especie.