Resumen
La Corte Suprema confirmó el rechazo de un recurso de amparo económico interpuesto por un particular contra la negativa del Poder Judicial de autorizar el uso masivo de datos contenidos en sus sistemas electrónicos y buscador de jurisprudencia. La recurrida argumentó que dicha autorización podría colapsar el servicio, afectar la igualdad de acceso y generar riesgos de seguridad informática, anonimización insuficiente y reidentificación de personas. El recurrente invocó el derecho a desarrollar una actividad económica lícita bajo el artículo 19 N°21 de la Constitución. La Corte sostuvo que la garantía constitucional exige respetar las normas legales que regulan la actividad, lo que no se cumplió en el caso. Además, señaló que el recurso de amparo económico no es la vía idónea para proteger la libertad económica individual, sino que está diseñado para impugnar la actividad empresarial del Estado. Un abogado integrante disintió, opinando que la acción debió declararse inadmisible por no ser el remedio adecuado.