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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpuesto por un particular contra el Servicio de Impuestos Internos, a raíz de la falta de respuesta a una solicitud relativa a bienes raíces. El Consejo estimó que el reclamo corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública, por lo que declaró inadmisible el amparo por unanimidad de sus miembros presentes. La decisión señala que el solicitante puede formular en el futuro una solicitud de acceso a la información con requerimiento claro y preciso del documento o antecedente buscado, y que, de cumplirse los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia, podrá interponer un nuevo amparo. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos, y no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Procede un amparo de acceso a la información pública si el particular solo reclama la falta de respuesta a una petición sobre bienes raíces?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que el reclamo corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública, por lo que declaró inadmisible el amparo. Recalcó que el solicitante puede presentar en el futuro una solicitud de acceso con un requerimiento claro y preciso.

¿Qué pasa si el órgano público no responde una solicitud de acceso a la información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo indicó que, de cumplirse los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia, el solicitante podrá interponer un nuevo amparo. La resolución no entró a resolver el fondo del reclamo por falta de respuesta.

¿Cuál es el plazo y la vía para impugnar una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?

En este caso, contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en un plazo de 15 días corridos. No procede el recurso de reposición.

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