Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado en contra de la Municipalidad de Las Condes. El reclamo pretendía fundar una omisión en la publicación de antecedentes exigidos por el artículo 7° de la Ley de Transparencia y el artículo 51 de su Reglamento, pero la solicitud no reclamaba esa omisión, por lo que el Consejo concluyó que no existía falta de publicación y que el reclamo carecía de un elemento habilitante para su interposición. La decisión no impide que la reclamante formule una solicitud de acceso a la información pública al municipio u otro órgano de la Administración del Estado. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde su notificación; no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un reclamo por transparencia activa no señala la omisión concreta de publicación en la página de un municipio?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el reclamo porque la solicitud no reclamaba una omisión de publicación de antecedentes exigidos por el artículo 7° de la Ley de Transparencia y el artículo 51 de su Reglamento. Por eso concluyó que no existía falta de publicación y que el reclamo carecía de un elemento habilitante.

¿Una resolución que declara inadmisible un reclamo de transparencia impide pedir la misma información por otra vía?

No. En este caso, el Consejo sostuvo que la decisión no impide formular una solicitud de acceso a la información pública al municipio u otro órgano de la Administración del Estado.

¿Cómo se puede impugnar una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo?

En este caso, el resumen indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación. No procede el recurso de reposición.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2024 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo presentado contra una m…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por presunta infracción a las norma…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por presunta infracción a las norma…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia resolvió declarar inadmisible un reclamo por infracció…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.