Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por un particular contra la Dirección de Compras y Contratación Pública, que solicitaba la base de datos de usuarios compradores, supervisores, auditores y abogados del Portal mercadopublico.cl con indicación de nombre, correo electrónico y región. El organismo se opuso invocando la reserva del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia, por considerar que la entrega podía afectar el debido cumplimiento de sus funciones. El Consejo rechazó el amparo por configurarse dicha causal, aplicando criterios contenidos en decisiones previas. No se pronunció sobre la causal de reserva ni sobre la pertinencia de entregar los nombres asociados solo a la región, por resultar inoficioso. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en 15 días corridos desde la notificación, y no procede el recurso de reposición.