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La Dirección General de Aguas (DGA) denegó la solicitud de derecho de aprovechamiento d…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Dirección General de Aguas (DGA) denegó la solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas presentada por Francisco Errázuriz Talavera para el pozo 4, por no encontrarse obras de captación en el punto indicado ni en un radio de 100 metros. El reclamante interpuso recurso de reclamación, el cual fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago, ordenando constituir el derecho por 45 litros por segundo. La DGA dedujo recurso de casación en el fondo, alegando infracción de los artículos 59 y 60 del Código de Aguas y de la Resolución N° 425. La Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que la sentencia impugnada aplicó correctamente las normas, pues se comprobó la existencia de aguas y su alumbramiento, y la DGA no acreditó motivos legales para el rechazo. Además, la propia autoridad había ofrecido previamente constituir el derecho por el caudal alumbrado, sin que la diferencia en el punto de captación fuera un obstáculo.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.