TributarioInadmisible

Se tiene por no presentado el reclamo toda vez que contribuyente no cumplió lo ordenado…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014

Resumen

Se tiene por no presentado el reclamo toda vez que contribuyente no cumplió lo ordenado, habiendo sido apercibido al tenor de lo dispuesto en el artículo 125 del código tributario

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 64 del Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 125 del Código Tributario
  • Ley de Impuesto a la Renta
  • Artículo 148 del Código Tributario
  • Artículo 131 bis del Código Tributario

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