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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información presentado contra la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Aysén, relativo a los criterios utilizados para evaluar proyectos de saneamiento sanitario. Al analizar la admisibilidad, el Consejo constató que no era clara la infracción atribuida al órgano. Conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, ordenó subsanar u aclarar la reclamación dentro de cinco días hábiles, con apercibimiento de inadmisibilidad, y la parte no hizo presentación alguna. Por ello, la decisión se fundó en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y en el citado artículo 46, sin que proceda recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadSalud

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se aclara un amparo de acceso a la información ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo porque no era clara la infracción atribuida al órgano. Tras ordenar subsanar o aclarar la reclamación en cinco días hábiles, con apercibimiento de inadmisibilidad, la parte no hizo presentación alguna, por lo que se fundó en el artículo 46 del Reglamento y el artículo 24 de la Ley de Transparencia.

¿Procede recurso de reposición contra la resolución que declara inadmisible un amparo de transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que la decisión de inadmisibilidad no es susceptible de recurso de reposición. La resolución se fundó en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y en el artículo 46 de su Reglamento.

¿Qué debe hacer el reclamante si el Consejo para la Transparencia le pide aclarar su amparo?

En este caso, el Consejo ordenó subsanar o aclarar la reclamación dentro de cinco días hábiles conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, bajo apercibimiento de inadmisibilidad. La parte no respondió, y eso derivó en la declaración de inadmisibilidad.

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