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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de Salud Pública, que había negado el acceso a información sobre los test rápidos de anticuerpos anti-SARS-CoV-2 adquiridos por el Ministerio de Salud. Se ordenó entregar el número de test comprados, su distribución a reparticiones estatales y servicios de salud, su fecha de caducidad y si cuentan con validación del Instituto de Salud Pública para su uso en Chile, además de la estrategia de aplicación y los instructivos o guías sobre cómo debe actuar la población y los profesionales frente a sus resultados. El Consejo estimó que se trataba de información de naturaleza pública y que no se alegaron circunstancias de hecho ni causales de secreto o reserva que ponderar. Se fijó un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, bajo apercibimiento legal, y se previó la posibilidad de informar si la información no obra en poder del órgano.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir por transparencia información sobre compras de test rápidos de anticuerpos adquiridos por el Ministerio de Salud?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó entregar la información sobre los test comprados, pues la estimó de naturaleza pública y no se alegaron causales de secreto o reserva.

¿Qué datos sobre test de anticuerpos adquiridos por el Estado debe entregar un órgano de salud si se le pide acceso a la información?

Según este fallo, debe entregar el número de test comprados, su distribución a reparticiones y servicios de salud, su fecha de caducidad y si cuentan con validación del Instituto de Salud Pública para su uso en Chile.

¿Qué plazo tiene un órgano público para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, el Consejo fijó un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, y previó que el órgano pueda informar si la información no obra en su poder.

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