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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de una funci…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de una funcionaria de un hospital público que consultaba por su sueldo base, su horario de trabajo, la asignación de turno y el pago de horas extraordinarias. Respecto del sueldo base, el organismo recordó el monto vigente en 2013, época de la presentación. En cuanto a la jornada, citó el artículo 65 de la ley N° 18.834, que fija 44 horas semanales y admite horarios diurnos, nocturnos o en fines de semana según la exigencia de la plaza. Sobre la asignación de turno, precisó que el artículo 94 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud la otorga al personal en turnos rotativos de atención permanente, pero que exige además un cupo financiero, requisito que la recurrente sólo cumplió en abril de 2013, desde cuando pudo percibirla. Finalmente, indicó que sólo dan derecho a compensación las horas extraordinarias dispuestas previamente mediante acto administrativo. Por ello, ordenó al hospital revisar la situación y aclarar a la recurrente los conceptos consultados.

Normas citadas

  • ley 18834 art/65
  • dfl 1/2005 salud art/94
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo procede pagar la asignación de turno a un funcionario de un hospital público que trabaja en turnos rotativos?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que el artículo 94 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud otorga esta asignación al personal en turnos rotativos de atención permanente, pero exige además un cupo financiero. La recurrente sólo cumplió ese requisito en abril de 2013, desde cuando pudo percibirla.

¿Qué jornada de trabajo semanal establece la ley para los funcionarios públicos y pueden tener horarios nocturnos o de fin de semana?

En este caso, la Contraloría citó el artículo 65 de la ley N° 18.834, que fija 44 horas semanales. Admite horarios diurnos, nocturnos o en fines de semana según lo exija la plaza.

¿Se deben pagar horas extraordinarias trabajadas por un funcionario público si no fueron ordenadas previamente?

En este caso, la Contraloría indicó que sólo dan derecho a compensación las horas extraordinarias dispuestas previamente mediante acto administrativo. Por ello, ordenó al hospital revisar la situación y aclarar a la funcionaria los conceptos consultados.

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