Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una funcionaria del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, quien alegó que no se le pagaron las asignaciones de los artículos 1° de la ley N° 19.490 y 83 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, durante septiembre de 2015 por estar en permiso postnatal parental. El hospital sostuvo que sí pagó los beneficios, pero excluyendo el período del descanso. La Contraloría recordó que dichas asignaciones se devengan mensualmente y que durante el permiso postnatal no se adquiere derecho a remuneraciones, sino al subsidio respectivo, por lo que la funcionaria solo puede percibir las porciones devengadas durante su desempeño efectivo. Sin embargo, consideró insuficientes los antecedentes del hospital para confirmar el pago, por lo que ordenó al centro de salud informar detalladamente la forma en que se realizó el pago, tanto a la interesada como a la Contraloría, en un plazo de 15 días hábiles.