Resumen
La Contraloría General de la República rechazó una solicitud de reconsideración presentada por una ex funcionaria municipal que buscaba suspender los efectos de la medida disciplinaria de destitución que le fue aplicada. La interesada sostenía que la sanción carecía de eficacia porque, a la fecha de su aplicación, estaba amparada por la inamovilidad funcionaria del artículo 156, inciso primero, de la ley N° 10.336, vinculada a la elección presidencial de 2009. El organismo concluyó que las medidas disciplinarias expulsivas están prohibidas desde 30 días antes hasta 60 días después de la elección, periodo que comenzaba a contar desde el 13 de noviembre de 2009, y que la destitución se aplicó antes de ese plazo, por lo que no quedó comprendida en la prohibición. Asimismo, recordó que, al haber producido efectos desde su notificación, no procedía suspenderlos mientras se tramitaba el reclamo. Por no aportarse antecedentes jurídicos nuevos, se ratificaron los oficios N° 18.211 y 55.676, ambos de 2010.