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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por una recurrente contr…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por una recurrente contra la Municipalidad de Iquique. Se discutió si lo requerido correspondía a una solicitud de acceso a información pública, o más bien al ejercicio del derecho de petición, que la Ley de Transparencia no regula. El Consejo concluyó que el requerimiento no era una solicitud de acceso a información y, en consecuencia, declaró inadmisible el amparo. La decisión no impide que la recurrente presente en el futuro una solicitud de información pública, requiriendo de manera clara y precisa un acto, documento o antecedente en poder del órgano, o que interponga un nuevo amparo dentro de los plazos legales. Contra esta resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde su notificación. No procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Un requerimiento que no pide información concreta sino que expresa una petición general puede tramitarse como solicitud de acceso a información pública?

En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que el requerimiento correspondía al ejercicio del derecho de petición, no a una solicitud de acceso a información, por lo que declaró inadmisible el amparo. Además, indicó que la persona puede presentar en el futuro una solicitud que identifique de manera clara y precisa el acto, documento o antecedente requerido.

¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?

En este caso, el Consejo indicó que contra su resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación. Señaló también que no procede el recurso de reposición.

¿Una declaración de inadmisibilidad de un amparo por transparencia impide volver a presentar una solicitud o un amparo?

En este caso, el Consejo sostuvo que su decisión no impide presentar una nueva solicitud de información pública, siempre que se requiera de manera clara y precisa un acto, documento o antecedente en poder del órgano. También permite interponer un nuevo amparo dentro de los plazos legales.

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