Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de un funcionario de un establecimiento de salud dependiente del Servicio de Salud, a quien no se le pagó la asignación de la ley N° 20.646 por haber registrado una inasistencia injustificada. El organismo analizó el artículo 5° de dicha ley, que excluye del beneficio a quienes hayan tenido "ausencias injustificadas" en los once meses previos al pago, y el artículo 72 de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, que regula la falta de remuneración por tiempo no trabajado. Concluyó, con base en su jurisprudencia, que para perder el beneficio se requiere más de un día completo de inasistencia injustificada, dado el uso del plural "ausencias", sin perjuicio del descuento del día no trabajado. Como el funcionario sólo se ausentó un día, se determinó que el Instituto Psiquiátrico "Doctor J.H.B." no se ajustó a derecho al negar el pago, y debe regularizar su situación en cuanto cumpla los demás requisitos legales.