Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el pago de viáticos a funcionarios públicos que cumplen cometidos fuera de su lugar de desempeño habitual. El dictamen explica que el reglamento otorga el 100% del viático por los primeros diez días del mes calendario y el 50% por los días de exceso, cifra que se calcula sobre el monto completo que corresponde a cada caso. Respecto del día de regreso sin pernoctación pero con gastos de alimentación, el organismo recuerda su criterio previo que reconoce un 40% del viático. Concluye que ese 40% debe pagarse en el día del retorno cuando éste ocurre después del décimo día, ya que dicho criterio se fijó específicamente para esa situación de excepción.