Administrativo

El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo aprueba un nuevo reglamento sobre informac…

Sentencia · 2024

Resumen

El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo aprueba un nuevo reglamento sobre información del precio por unidad de medida de productos ofrecidos al consumidor, mediante Decreto Supremo N° 38 de 2024. El reglamento deroga el Decreto N° 229 de 2002 del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. La medida se fundamenta en el derecho de los consumidores a recibir información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios, conforme a lo establecido en la Ley N° 19.496 de Protección del Consumidor. El reglamento entrará en vigencia en un plazo de nueve meses desde su publicación en el Diario Oficial para vendedores en general, y doce meses para pequeñas empresas. Durante el período transitorio, continuarán rigiendo las obligaciones del decreto anterior.

Normas citadas

  • Artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile
  • Decreto Supremo N° 100 de 2005
  • Decreto con Fuerza de Ley N° 1/19.653 de 2000
  • Ley N° 18.575 de Bases Generales de la Administración del Estado
  • Decreto con Fuerza de Ley N° 3 de 2019
  • Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores
  • Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada
  • Resolución Exenta N° 84 de 2015
protección del consumidorinformación de preciosprecio unitarioderechos del consumidorregulación administrativapequeñas empresasinformación veraz y oportunareglamento

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.