Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo aprueba reglamento que regula la forma y condiciones en que los proveedores deben comunicar la exclusión del derecho a retracto en contratos electrónicos y a distancia. El reglamento establece que la comunicación debe ser inequívoca, destacada y de tamaño no inferior a la información del precio. En contratos telefónicos, los proveedores deben adoptar medidas para asegurar que los consumidores comprendan efectivamente las exclusiones. Se requiere emplear expresamente el concepto 'derecho a retracto' y realizar ajustes para personas con discapacidad. El reglamento entra en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.