Comercial

El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo aprueba reglamento que regula la forma y c…

Sentencia · 2022

Resumen

El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo aprueba reglamento que regula la forma y condiciones en que los proveedores deben comunicar la exclusión del derecho a retracto en contratos electrónicos y a distancia. El reglamento establece que la comunicación debe ser inequívoca, destacada y de tamaño no inferior a la información del precio. En contratos telefónicos, los proveedores deben adoptar medidas para asegurar que los consumidores comprendan efectivamente las exclusiones. Se requiere emplear expresamente el concepto 'derecho a retracto' y realizar ajustes para personas con discapacidad. El reglamento entra en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.

Normas citadas

  • Artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile
  • Decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000
  • Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
  • Ley Nº 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública
  • Decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2019
  • Ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores
  • Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República
  • Artículo 3º bis de la ley Nº 19.496
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