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La Contraloría General de la República resolvió una solicitud de aclaración de un dicta…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió una solicitud de aclaración de un dictamen previo que había declarado improcedente otorgar un permiso de ocupación de un bien nacional de uso público y cobrar los derechos municipales asociados. El órgano sostuvo que los permisos sobre bienes de uso público no pueden alterar su destino común y que sólo procede un uso preferente si queda una porción suficiente disponible para el resto de la comunidad, considerando factores como la superficie del terreno. Asimismo, concluyó que la caducidad de la declaratoria de utilidad pública no altera la naturaleza de bien nacional de uso público del inmueble, por haberse incorporado a ese dominio por el solo ministerio de la ley. Finalmente, determinó que la Municipalidad de Santiago no debe devolver los derechos enterados, pues el beneficiario tuvo uso exclusivo del bien durante la vigencia del permiso y una restitución implicaría un enriquecimiento sin causa. Se ratificó el dictamen anterior con la complementación indicada.

Normas citadas

  • ley 18695 art/36
  • dfl 458/75 VIVIE art/135 lt/a
  • dto 47/92 VIVIE art/2/2/4 num/2
  • ley 19939 art/tran
  • ley 20331
  • ley 18695 art/5 lt/c
  • ley 18695 art/63 lt/f
  • CCI art/589
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una municipalidad otorgar un permiso de ocupación sobre un bien nacional de uso público?

En este caso, la Contraloría sostuvo que los permisos sobre bienes de uso público no pueden alterar su destino común. Solo procede un uso preferente si queda una porción suficiente disponible para el resto de la comunidad, considerando factores como la superficie del terreno.

¿La caducidad de la declaratoria de utilidad pública cambia la naturaleza de bien nacional de uso público de un inmueble?

No, según este dictamen la caducidad de la declaratoria de utilidad pública no altera la naturaleza de bien nacional de uso público del inmueble. Este se incorporó a ese dominio por el solo ministerio de la ley.

¿Debe la municipalidad devolver los derechos municipales pagados por un permiso de ocupación improcedente?

En este caso, la Contraloría determinó que no corresponde la devolución. El beneficiario tuvo uso exclusivo del bien durante la vigencia del permiso y una restitución implicaría un enriquecimiento sin causa.

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