Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un ex funcionario de Carabineros de Chile que buscaba una pensión de inutilidad de segunda clase, cuestionando que el General Director no le concediera la invalidez requerida y que se hubiera discrepado de un informe de la Comisión Médica Central, además de que la toma de razón de un retiro por imposibilidad física se tramitara pese a un reclamo pendiente. El organismo concluyó que no existe contradicción entre la resolución que afinó un sumario administrativo por un accidente y los informes de dicha comisión, pues ambos responden a competencias distintas; que la Comisión sólo declara invalidez en casos específicos, lo que no ocurrió en este caso, y que el derecho a pensión de invalidez por accidente en acto de servicio exige que el sumario haya establecido que el hecho ocurrió con ocasión del servicio, situación que no se verificó. Asimismo, sostuvo que las disposiciones de la ley N° 19.880, incluido su artículo 57, no rigen para la toma de razón. En consecuencia, declaró que la decisión de no otorgar la pensión se ajusta a la normativa y ratificó el dictamen N° 92.254, de 2015.