Laboral

Los trabajadores de la empresa SEASIN S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

Los trabajadores de la empresa SEASIN S.A. que se desempeñan en labores de aseo en supermercados y establecimientos similares a los cuales dicha empresa presta tales servicios, se encuentran exceptuados del descanso dominical y en días festivos en virtud de lo previsto en el Nº 2 del artículo 38 del Código del Trabajo y, por ende, les asiste el derecho a que se les otorgue en domingo, a lo menos dos de los días de descanso compensatorio que les corresponde impetrar en el respectivo mes calendario en domingo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.