Resumen del criterio jurisprudencial
Un interno del Complejo Penitenciario de Rancagua interpuso un recurso de amparo contra Gendarmería por no efectuar correctamente el cómputo del tiempo mínimo de cumplimiento para postular a libertad condicional. El recurrente cumple condenas por diversos delitos: homicidio simple, lesiones graves, lesiones menos graves, tráfico ilícito de drogas, porte ilegal de arma y tenencia ilegal de municiones. Sostuvo que, conforme al artículo 2° del Decreto Ley N°321, debía aplicarse un cómputo diferenciado: dos tercios para homicidio y tráfico de drogas, y la mitad para los restantes. Gendarmería había aplicado dos tercios a todas las condenas. La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso, ordenando recalcular el tiempo mínimo considerando la mitad de la pena para las condenas por lesiones graves, lesiones menos graves, porte ilegal de arma y tenencia ilegal de municiones, por no tratarse de delitos especialmente graves que exigieran dos tercios.