Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente Juan Enrique Silva Silva interpuso una reclamación tributaria en contra del giro folio N° 105582495 emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII) por una multa de $144.018 por infracción al artículo 109 del Código Tributario. El SII interpuso recurso de reposición contra la resolución que acogió a tramitación el reclamo, argumentando que el acto impugnado (el giro) no era susceptible de ser reclamado judicialmente conforme al artículo 165 del Código Tributario. El tribunal analizó el procedimiento especial de reclamo para ciertas multas, distinguiendo entre la etapa administrativa (notificación de la infracción) y la judicial (reclamo contra la notificación). Concluyó que, según los números 2 y 3 del artículo 165, solo la notificación de la infracción es reclamable, no el giro posterior. Por lo tanto, acogió la reposición y declaró inadmisible el reclamo por improcedente. El tribunal eximió de costas por estimar que existió motivo plausible para litigar. La resolución fue dictada por el Juez Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.