Resumen del criterio jurisprudencial
Corresponde que el Ministerio de Educación reconozca a la funcionaria que consulta el derecho a los beneficios establecidos en la ley N° 20.964. Ello, por cuanto, luego de publicarse la ley N° 21.544, los choferes y manipuladoras de alimentos de establecimientos educacionales municipales deben considerarse asistentes de la educación a contar del 1 de enero de 2019.