Laboral

La asignación de mérito de aquellos funcionarios que en virtud de lo dispuesto por el a…

Resumen del criterio jurisprudencial

La asignación de mérito de aquellos funcionarios que en virtud de lo dispuesto por el artículo 1° de la ley N° 20.858 pasaron de la categoría e) a la c) debe ser pagada en la forma expuesta en el presente dictamen.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.