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Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que resuelve una controversia sobre…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2018

Resumen

Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que resuelve una controversia sobre el cobro de reembolsos del seguro laboral de la Ley 16.744. Un organismo administrador reclamó porque las Isapres rechazaron sus cartas de cobranza por haber sido enviadas fuera del plazo de 60 días corridos que fija el Compendio de Normas del seguro. La Superintendencia señala que el artículo 77 bis de la Ley 16.744 no establece un plazo específico para requerir el reembolso, por lo que corresponde aplicar las reglas generales de prescripción de los artículos 2514 y 2515 del Código Civil. El plazo de 60 días es una instrucción administrativa, no legal, y su incumplimiento no genera caducidad del derecho. En consecuencia, resuelve que las Isapres no pueden negar el reembolso por la extemporaneidad de la cobranza, siempre que se respeten los plazos generales de prescripción.

Normas citadas

  • DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 2514 (del art. 2, que refunde el Código Civil)
  • DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 2515 (del art. 2, que refunde el Código Civil)
  • Ley 16.744, artículo 77 bis
Carta cobranza

Preguntas frecuentes

¿Puede una Isapre negarse a reembolsar a un organismo administrador de la Ley 16.744 si la cobranza se envió fuera del plazo de 60 días?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social sostuvo que el plazo de 60 días es una instrucción administrativa y no legal, por lo que su incumplimiento no genera caducidad del derecho. Resolvió que las Isapres no pueden negar el reembolso por extemporaneidad, siempre que se respeten los plazos generales de prescripción.

¿Qué plazo rige para requerir el reembolso de prestaciones del seguro laboral de la Ley 16.744 si el artículo 77 bis no fija uno específico?

En este caso, la Superintendencia señaló que el artículo 77 bis de la Ley 16.744 no establece un plazo específico para requerir el reembolso. Por ello, corresponde aplicar las reglas generales de prescripción de los artículos 2514 y 2515 del Código Civil.

¿Es obligatorio cumplir con el plazo de 60 días corridos del Compendio de Normas del seguro de la Ley 16.744 para cobrar reembolsos?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social determinó que ese plazo es una instrucción administrativa y no una norma legal. Su incumplimiento no provoca la pérdida del derecho a cobrar, aunque deben respetarse los plazos generales de prescripción.

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