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La Contraloría General de la República se abstuvo de tomar razón de la resolución N° 11…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Contraloría General de la República se abstuvo de tomar razón de la resolución N° 11, de 2010, de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, que modifica el Reglamento Especial del Académico de esa entidad. El organismo fundó su decisión en la resolución N° 1.600, de 2008, que fija las normas de exención del trámite de toma de razón. Según esa normativa, los reglamentos firmados por jefes de servicio y sus modificaciones quedan sujetos a control solo cuando versan sobre materias afectas. En este caso, la integración de una comisión de jerarquización de postgrado no es una de las materias esenciales que el artículo 7° somete a control, por lo que el acto está exento y no debe enviarse a la Contraloría. Se remitió el documento universitario, sin perjuicio de aplicarle los controles de reemplazo del Título VI de la misma resolución.

Normas citadas

  • res 1600/2008 contr art/7
  • res 1600/2008 contr art/1 res 1600/2008 contr tit/vi
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Debe la Contraloría tomar razón de una modificación a un reglamento universitario que solo cambia la integración de una comisión de postgrado?

En este caso, la Contraloría se abstuvo de tomar razón porque la integración de la comisión de jerarquización de postgrado no es una materia afecta al control según el artículo 7° de la resolución N° 1.600, de 2008. El acto quedó exento del trámite y se remitió el documento, sin perjuicio de los controles de reemplazo del Título VI.

¿Qué reglamentos de un servicio público quedan sujetos a toma de razón según la resolución N° 1.600 de la Contraloría?

Según el resumen, los reglamentos firmados por jefes de servicio y sus modificaciones quedan sujetos a control solo cuando versan sobre materias afectas. En este caso, el organismo concluyó que la materia discutida no lo era y por eso el acto quedó exento.

¿Qué efecto tiene que un acto administrativo esté exento de toma de razón por la Contraloría?

En este caso, al estar exento, la resolución de la universidad no debía enviarse a la Contraloría para toma de razón y el organismo se limitó a remitir el documento. Ello no excluye la aplicación de los controles de reemplazo previstos en el Título VI de la resolución N° 1.600.

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