Se rechaza el amparo deducido contra la Dirección del Trabajo por la negativa a entrega…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
Se rechaza el amparo deducido contra la Dirección del Trabajo por la negativa a entregar antecedentes sobre una fiscalización originada en una denuncia de acoso. El Consejo para la Transparencia estimó que la divulgación de dichos antecedentes afectaría el debido cumplimiento de las funciones del organismo, pues podría inhibir que los trabajadores afectados presenten denuncias ante el fiscalizador. Además, la publicidad en estas materias puede vulnerar la vida privada y la dignidad tanto del denunciante como del denunciado, especialmente cuando no se logró determinar suficientemente los hechos investigados. Se aplicaron causales de reserva del artículo 21 N° 1 y N° 2 de la Ley de Transparencia, y se dispuso mantener en reserva la identidad de la parte recurrente en la decisión y en los registros del Consejo.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Código del Trabajo
Ley N° 18.575
Ley N° 19.628
D.F.L. N° 2
Artículo 23 de la Ley N° 20.285
Artículo 22 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir vía transparencia el expediente de una fiscalización laboral originada en una denuncia de acoso?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo contra la Dirección del Trabajo, por estimar que entregar esos antecedentes afectaría el cumplimiento de las funciones del organismo y podría inhibir que los trabajadores presenten denuncias. También consideró la protección de la vida privada y la dignidad de denunciante y denunciado.
¿Qué causales de reserva de la Ley de Transparencia pueden invocarse para negar el acceso a información de una fiscalización por acoso?
Según este caso, el Consejo aplicó las causales del artículo 21 N° 1 y N° 2 de la Ley de Transparencia: afectación del debido cumplimiento de las funciones del organismo y de los derechos de las personas. Se fundó en que la divulgación podría inhibir las denuncias y vulnerar la vida privada y la dignidad.
¿Se protege la identidad de quien recurre ante el Consejo para la Transparencia en casos de acoso laboral?
En este caso, el Consejo dispuso mantener en reserva la identidad de la parte recurrente, tanto en la decisión como en sus registros. Así se resguardó la privacidad de quien recurrió en un asunto vinculado a una denuncia de acoso.
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