Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Teletrabajo, Accidente doméstico

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Teletrabajo. El asalto al hogar de la persona trabajadora por el que resulta lesionada mientras realiza teletrabajo, no es un riesgo laboral siquiera indirecto, sino un riesgo doméstico y de su entorno, por lo que no corresponde calificar el siniestro como accidente del trabajo.

Ley N° 16.744TeletrabajoAccidente doméstico

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.