Resumen
Resolución del Consejo para la Transparencia que acoge parcialmente un reclamo por infracción a los deberes de transparencia activa contra una municipalidad. Se constataron incumplimientos en la publicación de información obligatoria, como organigrama, funciones, contrataciones a honorarios, compras, actos administrativos, beneficios y nómina de beneficiarios, así como en los ítems de los numerales 2 al 7 del artículo 73 de la Resolución N°500 y en la composición de los consejos consultivos. Se ordena al municipio subsanar y completar la información omitida o desactualizada en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de multa del 20% al 50% de la remuneración correspondiente, conforme al artículo 47 de la Ley de Transparencia. Además, se encomienda a la Unidad de Fiscalización del Consejo el seguimiento del cumplimiento de la decisión.