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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido por un recurrente en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido por un recurrente en contra de la Municipalidad de Valparaíso, relativo a la entrega de una copia del plano actualizado de zonificación del Plan Regulador Comunal vigente, con el nombre y límites de cada zona. El órgano reclamado sostuvo que no obraba en su poder información distinta o adicional a la ya ofrecida. El Consejo concluyó que, conforme a la Ley de Transparencia, solo puede ordenar la entrega de información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, o en un formato o soporte determinado, por lo que no resulta procedente exigir antecedentes inexistentes o que no están en poder del órgano. Al no existir antecedentes que contradigan lo señalado por la Municipalidad, se rechazó el amparo por unanimidad.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.695
  • Artículo 21° de la Ley N° 18.695
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede el Consejo para la Transparencia obligar a un municipio a entregar información que no tiene en su poder?

No. En este caso, el Consejo sostuvo que solo puede ordenar la entrega de información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, o en un formato o soporte determinado, por lo que no procede exigir antecedentes inexistentes o que no están en poder del órgano.

¿Qué ocurre con un amparo por acceso a la información si el órgano afirma que no tiene nada distinto de lo ya entregado?

En este caso, la Municipalidad de Valparaíso sostuvo que no existía información adicional a la ya ofrecida. Como no había antecedentes que contradijeran esa afirmación, el Consejo rechazó el amparo por unanimidad.

¿Puede exigirse por transparencia el plano de zonificación del Plan Regulador Comunal con el nombre y los límites de cada zona?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo que pedía una copia del plano actualizado de zonificación del Plan Regulador Comunal vigente, con el nombre y límites de cada zona, al no haberse acreditado que el órgano tuviera información distinta de la ya ofrecida.

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