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El tribunal tributario y aduanero rechazó reclamo interpuesto en relación contra las li…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero rechazó reclamo interpuesto en relación contra las liquidaciones de impuestos n°75 y n°76, por un total de $21.947.729, las que con reajustes, intereses y multas alcanzan a la suma de $46.779.279. el reclamante sostenía que las liquidaciones eran erradas, y que se emitieron en su calidad de accionista de la compañía exportadora tres ríos s.a., siendo propietario de 2.240 acciones, de un total de 10.000 al 31.12.2017. las liquidaciones determinaron diferencias en situación tributaria por distribución de dividendos percibidos en diciembre de 2017, por parte de dicha sociedad, de conformidad con la res. ex. rva.05.00 n°1229, de fecha 30.09.2021, la que determinó un nuevo régimen de rentas empresariales de la sociedad. el servicio sostiene que el monto pagado por isfut y que dio origen a ingresos no constitutivos de renta, es excesivo, por lo que se habría subdeclarado la base imponible del impuesto global complementario (igc) del at 2018, determinando diferencias a favor fiscal. el tribunal, al momento de resolver la presente causa, estaba obligado a considerar el efecto de sentencias dictadas en las causas ruc 19-9-0000117-k y 22-9-0000021-0, relativas a la sociedad que repartió los dividendos, y que provocaron menor pago del igc del reclamante, debiendo consecuentemente, rechazar el reclamo de autos confirmando las liquidaciones, especialmente, en relación con que en res. ex.05.00.n°1229, se estableció un nuevo registro de rentas empresariales y saldo acumulado de crédito para el at 2018, implicando que las declaraciones de los socios debían ser modificadas según la nueva determinación de calidad y naturaleza de los dividendos y créditos respectivos. el tribunal, aplicando el principio de que, lo accesorio sigue la suerte de lo principal, y por efecto de integración del sistema tributario, en relación con las liquidaciones n°94 a n°14 de la causa ruc 19-9-0000117-k y la res. ex. rva 05.00 n°1229 de la causa ruc 22-9-0000021-0, sólo pueden conducir a la confirmación de las liquidaciones impugnadas en estos autos. la sentencia no fue apelada y se encuentra firme y ejecutoriada.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.