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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido por un reclamante en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido por un reclamante en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII), relativo al acceso al expediente administrativo asociado a una denuncia. Se resolvió que los antecedentes solicitados se encuentran protegidos por la causal de reserva del secreto tributario, conforme al artículo 35 del Código Tributario, modificado por la ley N°21.210, que extendió dicha reserva a los procesos de fiscalización destinados a determinar obligaciones impositivas o sancionar a un contribuyente. Asimismo, se estimaron plausibles las alegaciones del SII en orden a que la publicidad de tales antecedentes podría develar las fortalezas y enfoques de sus procesos de fiscalización, afectando futuras actuaciones, configurándose también la causal de afectación de funciones del organismo prevista en el artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia. El Consejo aplicó jurisprudencia del amparo y no se pronunció sobre las demás alegaciones por resultar innecesario.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Artículo 35 del Código Tributario
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 21.210
  • Artículo 164 del Código Tributario
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar antecedentes de un expediente de fiscalización del SII solicitados vía Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque los antecedentes están protegidos por la reserva del secreto tributario del artículo 35 del Código Tributario, extendida por la Ley N° 21.210 a los procesos de fiscalización. Además, estimó que su publicidad podría afectar las funciones del SII.

¿El secreto tributario puede oponerse al acceso a información sobre procesos de fiscalización de denuncias ante el SII?

Según esta resolución, sí: el Consejo concluyó que la reserva del artículo 35 del Código Tributario, modificada por la Ley N° 21.210, cubre los procesos de fiscalización destinados a determinar obligaciones impositivas o sancionar a un contribuyente. Por ello, rechazó el amparo en este caso.

¿Puede el SII negar el acceso a expedientes de fiscalización alegando que revelar sus enfoques afectaría futuras actuaciones?

En este caso, el Consejo estimó plausibles las alegaciones del SII de que la publicidad de los antecedentes podría revelar las fortalezas y enfoques de sus fiscalizaciones, configurándose la causal de afectación de funciones del artículo 21 N°1 de la Ley de Transparencia. Con ello rechazó el amparo, sin pronunciarse sobre las demás alegaciones.

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