Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido contra la Municipalidad de Vallenar y ordenó entregar el listado de todos los contratos de prestación de servicios a honorarios no renovados entre agosto y septiembre de 2021, con detalle de nombre, cargo, unidad, honorarios brutos y líquidos, fecha de ingreso y duración del vínculo. Se desestimó la alegación municipal sobre afectación a la vida personal, pues la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, obligación de rango constitucional. El órgano deberá acreditar la entrega efectiva en un plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se representó al alcalde la infracción al artículo 20 de dicha ley por omitir el procedimiento de oposición.