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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Vallenar, ordenando la entrega de información sobre una licitación pública. Se consideró que los antecedentes solicitados son de naturaleza pública, ya que permiten el control social y la rendición de cuentas sobre el uso de recursos públicos. Se descartó que la información estuviera permanentemente a disposición del público. El tribunal ordenó entregar documentos como respaldos de validación, carta Gantt, modificaciones, aumentos y disminuciones de obras, decreto del inspector técnico, justificaciones de plazos y multas, tarjando datos personales de contexto, en un plazo de 5 días hábiles desde ejecutoriada la decisión, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar documentos de una licitación pública municipal que el solicitante pide vía Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó la entrega, porque los antecedentes permiten el control social y la rendición de cuentas sobre el uso de recursos públicos. Además, descartó que la información estuviera permanentemente a disposición del público.

¿Qué información de una obra municipal debe entregarse según la Ley de Transparencia?

El Consejo ordenó entregar respaldos de validación, carta Gantt, modificaciones y aumentos o disminuciones de obras, decreto del inspector técnico y justificaciones de plazos y multas. Debe tarjarse previamente los datos personales de contexto.

¿Qué plazo y consecuencias tiene el cumplimiento de una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo fijó un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quedó ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Esa norma se invoca como sanción por incumplimiento.

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