Resumen
La Contraloría General de la República acogió la reclamación de un exfuncionario del Ejército, cuya calificación anual fue invalidada y luego reemplazada por una que lo ubicó en lista N° 3, permitiéndole continuar en la institución. Pese a ello, el Ejército no lo reincorporó, argumentando una decisión pendiente de la Comisión de Sanidad sobre su capacidad física. El ente contralor determinó que no constaba un acto administrativo que ordenara su alejamiento por enfermedad incurable, y que, conforme a los principios de legalidad e irretroactividad, tal medida solo surtiría efectos desde su notificación. Por lo tanto, ordenó al Ejército adoptar las medidas para reincorporarlo, informando en un plazo de 15 días hábiles.