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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra Carabineros de Chi…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra Carabineros de Chile por la falta de entrega de información contenida en un oficio del Ministerio Público, al considerar que el organismo policial actuó correctamente al derivar la solicitud al Ministerio Público en aplicación del artículo 13 de la Ley de Transparencia. El Consejo estimó que el Ministerio Público, por su función constitucional, es el órgano mejor posicionado para pronunciarse sobre la publicidad de la información requerida, por lo que Carabineros no incurrió en infracción al derivar la solicitud.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoJusticia

Preguntas frecuentes

¿Puede Carabineros derivar al Ministerio Público una solicitud de información contenida en un oficio de ese organismo según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que Carabineros actuó correctamente al derivar la solicitud al Ministerio Público en aplicación del artículo 13 de la Ley de Transparencia. Estimó que el Ministerio Público, por su función constitucional, es el órgano mejor posicionado para pronunciarse sobre la publicidad de la información.

¿Cuándo se considera que un organismo público incurre en infracción por derivar una solicitud de acceso a la información a otro órgano?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo y sostuvo que no hubo infracción, porque la derivación fue conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia. El organismo que recibió la solicitud no incurrió en infracción al trasladarla al órgano mejor posicionado para decidir sobre la publicidad de la información.

¿Quién debe decidir sobre la publicidad de un oficio del Ministerio Público que obra en poder de Carabineros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que corresponde al Ministerio Público pronunciarse sobre la publicidad de la información requerida. Lo fundó en que es el órgano mejor posicionado por su función constitucional, por lo que Carabineros no debía resolver sobre ella.

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