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El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo de acceso a la información presenta…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo de acceso a la información presentado contra la Superintendencia de Salud, que requería antecedentes sobre archivos maestros de prestaciones bonificadas, beneficiarios, contratos, licencias médicas y subsidio laboral correspondientes a los años 2017 y 2018. Durante el procedimiento, el órgano reclamado complementó su respuesta con ocasión de sus descargos, y consultada la parte reclamante, ésta manifestó su conformidad con los antecedentes entregados. En consecuencia, el Consejo acordó tener por entregada la información requerida, por unanimidad de los miembros presentes, dejando sin efecto la controversia sobre la suficiencia de la respuesta. La resolución fue notificada a la parte reclamante y a la autoridad reclamada, y se indicó que contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 11.194
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público complementa su respuesta a una solicitud de transparencia durante el procedimiento de reclamo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia tuvo por entregada la información, porque la Superintendencia de Salud complementó su respuesta en sus descargos y la parte reclamante manifestó su conformidad, dejando sin efecto la controversia.

¿Cuándo se puede dar por terminado un reclamo de acceso a la información ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo acordó tener por entregada la información requerida, por unanimidad, al no subsistir la controversia sobre la suficiencia de la respuesta una vez que el órgano complementó lo pedido y el reclamante quedó conforme.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad una resolución del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo indicó que contra su resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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