Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional conoció del requerimiento de inaplicabilidad presentado por Inmobiliaria Santa Martina S.A. contra los artículos 8° inciso primero y 22° inciso cuarto de la Ley N° 17.322. La parte actora alegó que la aplicación del artículo 22, que establece intereses penales incrementados, vulnera el principio de proporcionalidad consagrado implícitamente en la Constitución. El Tribunal analizó la jurisprudencia sobre proporcionalidad y el concepto de anatocismo, pero consideró que el requisito de agravio no estaba acreditado porque el juez de primera instancia había concedido el recurso de apelación contra la resolución impugnada. En consecuencia, el Tribunal desestimó el requerimiento por no existir agravio. La Ministra Alejandra Precht Rorris redactó la sentencia y el Ministro Miguel Ángel Fernández González presentó una disidencia. La prevención fue emitida por el Ministro Mario René Gómez Montoya.