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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la tasación de inversiones o…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la tasación de inversiones o reinversiones aptas para ser bonificadas por el Fondo de Fomento y Desarrollo, cuando no es posible aplicar las reglas del DFL N° 3, de 2001, del Ministerio de Hacienda, ni el decreto N° 106, de 1985. El dictamen concluye que, en esos casos, se debe recurrir supletoriamente a la ley N° 19.880, que permite acreditar los hechos por cualquier medio de prueba y apreciarlos en conciencia. Así, la determinación del valor puede realizarse conforme a normas de buena administración, dejando constancia de los antecedentes considerados, criterio armónico con dictámenes previos de la Contraloría.

Normas citadas

  • dl 3529/80 art/38
  • dfl 3/2001 hacie art/6
  • dfl 15/81 hacie dfl 3/2001 hacie art/12
  • ley 18575 art/53
  • dfl 3/2001 hacie art/1 dfl 3/2001 hacie art/4
  • dfl 3/2001 hacie art/3
  • dto 106/85 hacie
  • dfl 3/2001 hacie art/6 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Cómo se determina el valor de una inversión para bonificarla si no se pueden aplicar las reglas del DFL 3 de 2001 ni del decreto 106 de 1985?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que, en esa situación, debe recurrirse supletoriamente a la ley N° 19.880, que permite acreditar los hechos por cualquier medio de prueba y apreciarlos en conciencia. El valor puede así fijarse conforme a normas de buena administración, dejando constancia de los antecedentes considerados.

¿Qué ley se aplica de forma supletoria cuando la tasación de inversiones para el Fondo de Fomento y Desarrollo no tiene una regla específica?

En este caso, el dictamen concluye que corresponde aplicar supletoriamente la ley N° 19.880, que permite acreditar los hechos por cualquier medio de prueba. Este criterio es armónico con dictámenes previos de la Contraloría.

¿Puede la administración tasar una inversión por medios distintos a los fijados en la norma específica para su bonificación?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que sí, cuando no es posible aplicar las reglas del DFL 3 de 2001 ni del decreto 106 de 1985. La determinación del valor puede realizarse por normas de buena administración, dejando constancia de los antecedentes considerados.

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