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El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación interpuesta por Minera Imperial SpA…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación interpuesta por Minera Imperial SpA y otras sociedades mineras, y por Jorge Soto Ponce, en contra de la Resolución Exenta N° 143 de 2025 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que les impuso una multa de 1.033 UTA por ejecutar un proyecto de extracción de áridos en la comuna de Maipú sin contar con la respectiva aprobación ambiental. El tribunal consideró que el material extraído no era árido, sino que correspondía a minerales (oro y plata) provenientes de relaves mineros, actividad amparada por concesiones mineras y que no requería ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La SMA no logró acreditar la naturaleza de árido del material, ni desvirtuó la calidad de faena minera de las labores. En consecuencia, se dejó sin efecto la resolución sancionatoria y se ordenó que cada parte pagara sus costas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.