No se ajusta a derecho la publicación de ofertas de trabajo en las que se establezca co…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2018
Resumen
No se ajusta a derecho la publicación de ofertas de trabajo en las que se establezca como “condición excluyente” la condición de persona con discapacidad o asignataria de pensión de invalidez. Sin perjuicio de lo anterior, no existe inconveniente jurídico para que la publicación de la oferta de trabajo se haga en el marco o en referencia a la Ley de Inclusión (Ley Nº 21.015.).
Normas citadas
Código del Trabajo
Ley N° 21.015
Artículo 157 ter del Código del Trabajo
Ley N° 20.609
Artículo 2° del Código del Trabajo
Ley N° 20.422
Ley N° 19.728
Artículo 157 bis del Código del Trabajo
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