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El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido en contra de la Policía de In…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, ordenando al órgano recurrido informar al reclamante sobre la existencia o inexistencia de un decreto de expulsión en su contra y, en caso afirmativo, entregar copia de dicho acto administrativo. Se estima que la información solicitada fue elaborada por la Administración y se refiere al propio solicitante, por lo que el órgano estaba en posición de pronunciarse conforme al marco normativo aplicable. Dado que los datos son de carácter personal, la entrega se condiciona a la previa acreditación de identidad del requirente, recomendándose un medio alternativo a la entrega personal. Además, se previene que el incumplimiento de lo ordenado puede acarrear las sanciones previstas en la Ley de Transparencia, y se notifica la decisión a las partes, procediendo en su contra el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Decreto supremo N° 597
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 1094
  • Ley N° 21.325
  • Decreto ley N° 1094
  • Oficio N° 81
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona pedir copia de un decreto de expulsión que la PDI haya dictado en su contra?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó a la PDI informar si existe un decreto de expulsión respecto del solicitante y, de existir, entregarle copia, por tratarse de información elaborada por la Administración que se refiere al propio requirente.

¿Cómo se entrega información personal de un decreto de expulsión cuando el solicitante la pide por transparencia?

En este caso, el Consejo condicionó la entrega a la previa acreditación de la identidad del requirente, por tratarse de datos personales, y recomendó un medio alternativo a la entrega personal.

¿Qué pasa si un órgano de la Administración no cumple una orden de entrega de información del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo previno que el incumplimiento puede acarrear las sanciones previstas en la Ley de Transparencia, y la decisión admite reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

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