El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones. El reclamante alegaba demora en la resolución de un trámite migratorio, pero no cuestionaba la falta de publicación de información obligatoria en el sitio web del organismo, que es el objeto de este procedimiento. Por ello, el Consejo concluyó que no existía infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, al carecer el reclamo de un elemento habilitante para su interposición. Se ordenó notificar la decisión al reclamante y al Servicio Nacional de Migraciones.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué artículos de la Ley de Transparencia y su Reglamento regulan la transparencia activa en un reclamo ante el Consejo?
En este caso, el Consejo concluyó que no existía infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, porque el reclamo carecía de un elemento habilitante para su interposición.
¿Qué efecto tiene una decisión de inadmisibilidad de un reclamo de transparencia activa ante el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo no analizó el fondo del asunto y ordenó notificar la decisión al reclamante y al Servicio Nacional de Migraciones, cerrando el procedimiento por no existir infracción.
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