Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso en procedimiento especial para la aplicación de ciertas multas confirmó denuncia relativa a la aplicación de la infracción establecida en el n° 10 del artículo 97 del código tributario. el tribunal fundamenta su fallo en lo siguiente: - la prueba rendida por el reclamante ha sido escasa e insuficiente para acreditar las circunstancias alegadas. - de los antecedentes del proceso se ha acreditó que el reclamante incurrió en la infracción de la obligación descrita en el artículo 52 y siguientes del decreto ley en concordancia con el artículo 69 del decreto supremo reglamentario de la ley sobre ventas y servicios, y artículo 97 n° 10 del código tributario, al establecerse que en el local comercial de la reclamante no se otorgó boleta en la forma y casos previstos por las leyes y reglamentos, ya transcurrido el periodo y secuencia de actos concatenados de la respectiva transferencia de especie y culminado el cobro final de la veta efectuada. conforme a lo anterior, y teniendo en consideración la gravedad, multiplicidad y conexión de los antecedentes recopilados y rendidos en el proceso por el denunciante y apreciados éstos conforme a las reglas de la sana crítica, se constató la comisión por parte del denunciado del tipo infraccional establecido en el artículo 97 n° 10 del código tributario.